Saltar al contenido

Principios generales del derecho

· Lo accesorio sigue la suerte de lo principal.

· Quien puede lo más, puede lo menos.

· No se puede obligar a lo imposible.

· Las convenciones de los particulares no derogan al Derecho público.

· El error quita la voluntad y descubre la impericia de su autor.

· El género se deroga por la especie.

· Se entiende que hace la cosa aquél a cuyo nombre se hace.

· No se puede alegar en beneficio la propia torpeza.

· Lo que no está prohibido está permitido.

· El primero en tiempo es primero en derecho.

· Donde la ley no distingue no cabe distinción alguna.

· Donde hay la misma razón es aplicable la misma disposición.

· El que afirma está obligado a probar.

· La ignorancia de la ley no exime de su cumplimiento.

· No se puede juzgar dos veces por la misma causa.

· A confesión de parte, relevo de prueba.

· No corre la prescripción contra el que no puede valerse.

· La ley es dura pero es la ley.

· La más pequeña variación en el hecho hace variar el derecho.

· Lo lícito no siempre es justo ni honesto.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *